Docentes horas clase serán incorporados a Ley de Salarios
Docentes nombrados por el Ministerio de Educación con plazas de horas clase, en parvularia y educación básica y media, serán incorporados a la Ley de Salarios por decreto legislativo.
Los diputados y diputadas del Congreso alvadoreño aprobaron, con 69 votos, la petición del Ministerio de Educación de incorporar a aquellos docentes que tengan un mínimo de 120 horas clase, con plazas bajo la modalidad de horas clase en educación parvularia, básica y media, a la Ley de Salarios.
No obstante, será opcional que los educadores que laboren más de 120 horas clase se adhieran a la misma Ley.
Actualmente existen más de 435 docentes que tienen plaza de hora clase, pero “la normativa tiene como propósito garantizar la estabilidad laboral que demanda el magisterio nacional iniciando más de 153 docentes”, señaló el diputado del FMLN, Yohalmo Cabrera.
El Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, en su artículo 32, establece que "...las horas clase a que se refiere el artículo 33 numeral 4 de la Ley, constituyen una modalidad especial consignada en la Ley de Salarios para cubrir necesidades de servicios educativos...".
Los legisladores insistieron que hay trabajo por realizar para incorporar, poco a poco, los demás docentes que llenen los requisitos de ser incorporados a las plazas de Ley de Salarios.
Finalmente, el decreto solicita facultar al Ministerio de Educación para desarrollar las disposiciones contenidas en el presente decreto, y crear la normativa respectiva para la correcta y justa aplicación del mismo.
Los diputados y diputadas del Congreso alvadoreño aprobaron, con 69 votos, la petición del Ministerio de Educación de incorporar a aquellos docentes que tengan un mínimo de 120 horas clase, con plazas bajo la modalidad de horas clase en educación parvularia, básica y media, a la Ley de Salarios.
No obstante, será opcional que los educadores que laboren más de 120 horas clase se adhieran a la misma Ley.
Actualmente existen más de 435 docentes que tienen plaza de hora clase, pero “la normativa tiene como propósito garantizar la estabilidad laboral que demanda el magisterio nacional iniciando más de 153 docentes”, señaló el diputado del FMLN, Yohalmo Cabrera.
El Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, en su artículo 32, establece que "...las horas clase a que se refiere el artículo 33 numeral 4 de la Ley, constituyen una modalidad especial consignada en la Ley de Salarios para cubrir necesidades de servicios educativos...".
Los legisladores insistieron que hay trabajo por realizar para incorporar, poco a poco, los demás docentes que llenen los requisitos de ser incorporados a las plazas de Ley de Salarios.
Finalmente, el decreto solicita facultar al Ministerio de Educación para desarrollar las disposiciones contenidas en el presente decreto, y crear la normativa respectiva para la correcta y justa aplicación del mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
DÉJANOS AQUÍ TU COMENTARIO