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Secretario de Organización y Estadística, Licdo. Joaquín Orellana: Tel. 76829982; y
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DIRECCIÓN: Central Sindical Independiente CSI, 23 Calle Pte. Pje. 3, No.1216, Colonia Layco, San Salvador.
“Trabajo, Organización y Lucha".


martes, 5 de julio de 2011

MARGINACION SINDICAL A SIMEDUCO



San Salvador 5 de Julio de 2011

Lic. Oscar Humberto Luna
Procurador Para La Defensa De Los Derechos Humanos
PDDH

  Reciba un cordial saludo del sindicato de maestros/as de la educación con participación de las comunidades (SIMEDUCO)

 El motivo de la presente es para Comunicarle de la discriminación sindical de la cual estamos siendo objetos por parte del Ministerio de Educación, específicamente de la Lic. Sandra Alas Directora Nacional De Gestión Departamental que ha lanzado una cacería de brujas en contra de nuestros miembros afiliados, que nos concentrarnos el día de ayer en las cercanías de CAPRES con el objetivo de protestar por el no cumplimiento del gobierno de darnos un incremento salarial que ya había sido pactado con  las gremiales de maestros en Casa Presidencial, y que ahora en una forma poco honesta se niegan a cumplir.

La funcionaria antes citada ha pedido a sus Directores Departamentales y estos a su vez a los Asesores pedagógicos (Los Policías del Magisterio) que indaguen las escuelas y los docentes que participaron en la protesta con objetivos represores.
Agradecemos el apoyo de sus delegados en la protesta que impidieron que los miembros de la  UMO nos agredieran, sabemos que la norma nacional e internacional está a nuestro favor a continuación presentamos parte de las leyes que se nos violentan al perseguir el sindicalismo:

                En el marco de las libertades consagradas en el art. 47 de la constitución de la república inciso 5° que habla de la protección de los directivos sindicales en el ejercicio de sus funciones, art. 75 de la ley del servicio civil inciso 3° donde se consigna el libre ejercicio de los sindicatos, art. 11 del convenio 87 libre ejercicio del derecho a la sindicación.

Código Penal: Discriminación Laboral
Art. 246.- El que produjere una grave discriminación en el trabajo por razón del sexo, estado de gravidez, origen, estado civil, raza, condición social o física, ideas religiosas o políticas, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores de la empresa, y no restableciere la situación de igualdad ante la ley, después de los requerimientos o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hubieren derivado, será sancionado con prisión de seis meses a dos años.
Coacción al ejercicio de la libertad sindical o del derecho de huelga
Art. 247.- El que coaccionare a otro para impedirle o limitarle el ejercicio de la libertad sindical o del derecho de huelga o paro, será sancionado con prisión de uno a tres años.
La misma pena se impondrá a quienes actuando en grupo coaccionaren a las personas a iniciar o continuar una huelga, paro o suspensión de labores.
Es lamentable que este gobierno que se precia ser de izquierda que fue puesto por el pueblo, donde muchos de sus miembros han sido sindicalistas ahora nos persigan de esta manera, estamos en mesas de trabajo del MINED donde se discute la libertad sindical, no entendemos la actitud de la Lic. Alas ya que ella dio una conferencia de prensa donde asevero que solo diez escuelas habían participado en la protesta, que otros datos necesita la funcionaria? si es para descontarnos, y acaso ella no es cómplice de direcciones departamentales que convocan a eventos donde participan miembros de la gremial gubernamental andes 21 de Junio Para hacerse propaganda, como el ocurrido en termos del rio el 24 de Junio en el departamento de la libertad. La Constitución de la República hace referencia al principio de igualdad, ese día también se perdieron clases en los centros escolares.
No omitimos manifestar que utilizaremos los mecanismos nacionales e internacionales para declarar nulo cualquier proceso legal en contra de cualquiera de nuestros compañeros.
Le pedimos procurador que interponga sus buenos oficios para que cese la persecución y marginación sindical a SIMEDUCO.

Atentamente.-

JUNTA DIRECTIVA GENERAL DE SIMEDUCO


                Cc. A Ministerio de Trabajo y, Educación. Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos; Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA) (IDHUCA);  Federación de Organizaciones Magisteriales de Centroamérica (FONCA); Internacional de la Educación (IE), organización internacional del trabajo (OIT).

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